
El Defensor del Pueblo en el estado Guárico señaló que existen mecanismos legales para que los ciudadanos hagan valer sus derechos sin llegar a “medidas extremas”
El Defensor Delegado del Pueblo, Juan Sierra recordó que el artículo 117 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), garantiza a los ciudadanos el acceso a servicios públicos de calidad. En cuanto a la protesta como medida de presión ejercida por los ciudadanos para que las instituciones den respuestas efectivas, el funcionario manifestó que las personas no pueden defender o hacer valer un derecho, vulnerando el derecho ajeno. Indicó que el estamento jurídico venezolano garantiza también el libre tránsito y la circulación en todo el territorio, por lo que, hizo un llamado de conciencia a la población a no dejarse llevar por “manipuladores de oficio”.
En cuanto a la situación ocurrida en días pasados, cuando algunos ciudadanos decidieron quemar cauchos y trancar una vía nacional, para protestar por la deficiencia en el fluido eléctrico, Sierra dijo que en Venezuela se garantiza el derecho a la protesta; sin embargo, recordó que ningún derecho es absoluto. El defensor manifestó que existe una Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico, la cual garantiza que los usuarios tienen derecho a tener un servicio de calidad y en caso de realizarse un corte de energía para efectuar algún tipo de arreglo en las líneas del sistema eléctrico la empresa debe notificar con anticipación el día y el tiempo que requieren para ejecutar tal acción.
Resaltó que en días recientes los miembros del Órgano Superior Eléctrico y otras instituciones se comprometieron a garantizar un buen servicio a las comunidades, además de informar oportunamente cortes programados por la empresa eléctrica. Sierra hizo un llamado a la población para que eviten la interrupción del paso de las vías públicas, puesto que están incurriendo en un delito estipulado en el artículo 54 de la CRBV, el cual se prohíbe el cierre de vías como medida de protesta.
En relación a las afirmaciones de muchas personas al asegurar que debido a los constantes apagones, se les han dañado enseres como: neveras, televisores, refrigeradores, aires acondicionados, entre otros, dijo que las empresas prestatarias de servicios como lo es Corpoelec, deben tener una oficina de atención al público parea ofrecer una adecuada respuesta a los afectados, en caso del daño de aparatos eléctricos. Es decir, que deben canalizar las maneras de solventar la problemática de sus suscriptores.
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Con respecto a la instalación el próximo lunes del Tribunal Contencioso Administrativo en la entidad, el Defensor del Pueblo, aseguró que esta es una vieja deuda que tenía el sistema judicial con el pueblo guariqueño la cual estará siendo saldada con este nuevo ente para brindar seguridad jurídica a los propios de este estado. Resaltó que con este Tribunal se garantiza un mayor acceso a las personas a la justicia. Dijo que la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en su artículo 26 dispone de juzgados en los que se deben hacer valer los derechos de los ciudadanos en materia de prestación de servicios públicos. Lo que indica que las personas que deseen hacer demandas en cuanto al servicio que presta cualquier empresa pública, es decir, que no cumpla a cabalidad con las obligaciones que esta tiene, el afectado se puede dirigir a esta jurisdicción a demandar de manera gratuita a dicha empresa.
RECHAZA POSICIÓN DE EEUU EN MATERIA DE DDHH
En cuanto al pronunciamiento hechos en días pasados por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) y la magistrada Luisa Estela Morales, como máxima representante de la justicia en el país, el funcionario aseguró que a pesar de ser un país influyente, los Estados Unidos no deben inmiscuirse en las decisiones de Venezuela por ser este un país soberano y libre de elegir a que ente internacional pertenece. Recordó además que EE UU no pertenece a la CIDH, por lo que considera una intromisión totalmente inaceptable por parte del gobierno norteamericano.
Sierra resaltó que en este país la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en sus artículos 19 y 31 garantiza los Derechos Humanos de todos los venezolanos. El funcionario recordó que en país norteamericano hay miles de denuncias de violación a los DDHH de los presos de Guantánamo, sin mencionar, los muchos señalamientos que tiene por perpetrar de manera inconsulta a las naciones árabes hasta lograr dar muerte, a uno de los lideres más importantes de uno de esos países, como lo fue Mohamar Gadafi. Por lo que afirma que este país no tiene ninguna autoridad moral para entrometerse en decisiones de otros países del globo terráqueo.
Zinnia Palencia
Fotos Jim Ortega